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LOS NUEVOS RESPONSABLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Jueves 26 de Enero de 2012 11:49

ANTONIO BETETA Y CARMEN SÁNCHEZ-CORTÉS MARTÍN SON LOS NUEVOS MÁXIMOS RESPONSABLES  DE LA FUNCIÓN PUBLICA EN LA AGE, SECRETARIO DE ESTADO Y DIRECTORA GENERAL PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, RESPECTIVAMENTE.

El nuevo Secretario de Estado para las Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda, Antonio Beteta, es Licenciado en Derecho por la Universidad de Deusto, su trayectoria política ha estado ligada a la Comunidad de Madrid, excepto tres años que estuvo trabajando en el Ministerio de Hacienda. Como político regional ha sido diputado autonómico desde 1983 a 2000 y desde el año 2003, presidente del Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid (1988), portavoz de la Comisión de Presupuestos y Hacienda (1991), portavoz del Grupo Popular en la Asamblea (1993-1995 y 2003-2008), consejero de Hacienda (1995-2000), presidente del Canal de Isabel II (1995-1999) y consejero de Economía y Hacienda desde el 26 de junio de 2008, cargo que desempeñó hasta 2011 cuando fue nombrado consejero de Transportes e Infraestructuras. En esencia podemos afirmar es un gran conocedor de la Administración Pública.

Por otra parte, la nueva Directora General de la Función Pública, Carmen Sánchez-Cortés Martín, es Licenciada en Derecho y pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Fue Subdirectora General adjunta de Ordenación de la Función Pública, vocal asesora en el gabinete técnico del Subsecretario de Industria y Energía, Subdirectora General de Recursos Humanos del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y vocal asesora del Gabinete de la Subsecretaría del Ministerio del Interior. En 2005 fue nombrada Subdirectora General de Administración y Gestión en el Instituto Nacional de Meteorología y, posteriormente, Directora de administración de la Agencia Estatal de Meteorología. Actualmente, era Subdirectora General adjunta de Programación e Incentivación del departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Estos dos altos cargos del Ministerio de Hacienda y AAPP tienen grandes retos, no sólo en la AGE, sino en la reordenación y coordinación de todas las AAPP; siendo uno de los más importantes, el homogeneizar a todo el personal de la AGE (laboral, estatutario, funcionario) tanto en salarios como en funciones y jerarquía, utilizando el mecanismo de una Ley de la Función Pública de la AGE, o bien a través de Leyes especificas de Salarios de las AAPP.

DESDE NUESTRA ASOCIACIÓN, Y CON NUESTROS MEJORES DESEOS PARA SU GESTIÓN, FELICITAMOS A LOS NUEVOS RESPONSABLES. EN CUANTO NOS SEA POSIBLE LES SOLICITAREMOS UNA ENTREVISTA PARA VOLVER A PONER EN EVIDENCIA NUESTRA LAMENTABLE SITUACIÓN COMO COLECTIVO DE PERSONAL LABORAL DENTRO DE LA AGE.

 

ARTÍCULO DE FEDECA

Martes 24 de Enero de 2012 12:28

EL PRESIDENTE DE FEDECA JORGE PIPAÓN PULIDO ACLARA UN ARTÍCULO SOBRE LOS FUNCIONARIOS PUBLICADO EN EL DIARIO EXPANSIÓN.COM (FUNCIÓN PÚBLICA).

A continuación transcribimos la publicación integra del Sr. Piapón por el interés que puede suscitar a la ciudadanía y para aclarar varios aspectos de la Función Pública.

“Leo con cierto asombro el editorial de Expansión de 9 de enero de 2012. Lo leo con atención por la confusión que me generan los datos del editorial titulado Desorbitada subida de salarios públicos.”

El editorial manifiesta que "las airadas protestas ante el recorte de las retribuciones de los empleados públicos en Cataluña y otras regiones de España, y la amenaza de amplias movilizaciones en caso de que el nuevo Gobierno de Rajoy adopte medidas en el mismo sentido, contrastan vivamente con la evolución del sueldo medio de los funcionarios españoles en comparación con los de otros países de nuestro entorno".

Pero ahí empiezan mis dudas: ¿Qué empleados públicos: los funcionarios, los laborales, los eventuales, los interinos? ¿De qué Administración: del Estado, de las Comunidades Autónomas, de los Ayuntamientos, de las sociedades mercantiles de capital público, de las Fundaciones Públicas?

Desde luego, del editorial parece decirse algo de los "funcionarios españoles" para luego pasar a los empleados públicos y luego parecer referirse sólo a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos, pero nada queda claro salvo el llamativo titular.

El editorial puede provocar a cierto sector de la sociedad –realmente cada vez menor por los datos objetivos que comentaré-, que piensa que el funcionario es, sin más, un privilegiado que cobra por no trabajar. Sin embargo, los datos parecen orientar el sentido común por otras lindes.

Así, el poder adquisitivo de los funcionarios de la Administración General del Estado –no de otros empleados públicos ni de otras Administraciones-, desde el año 1982 hasta la fecha ha bajado por encima del 45%. Se trata, simplemente, de comparar el IPC de cada año con las medidas en orden a la subida, congelación y bajadas salariales producidas durante esos años. Son datos oficiales, objetivos y fácilmente verificables.

Asimismo, se puede considerar al funcionario un privilegiado que percibe una retribución excesiva a su rendimiento y que goza de una estabilidad en el empleo ajena a la calidad de los servicios que presta y a la necesidad de que los funcionarios puedan desarrollar su labor con plenas garantías de independencia y objetividad al margen del signo político del Gobierno de turno.

Sin embargo, en junio de 2011 el Observatorio de la Calidad de los Servicios dependiente de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios concluía que en 2010 los servicios públicos funcionan de manera satisfactoria o muy satisfactoria para un 56% de la ciudadanía; un 38% declara estar poco satisfecho y sólo un 6% se siente nada satisfecho.

Por supuesto, estos datos varían en función del ámbito de la actividad de servicio público donde nos movamos, pero es un dato general y global. ¿Es entonces cierto que el funcionario no trabaja mientras que la mayoría de los ciudadanos están satisfechos?

Se expresa también la idea de que hay un excesivo número de empleados públicos –no es lo mismo que funcionarios públicos, cuyo número, según el Tribunal Constitucional, debería ser el mayoritario en cualquier Administración Pública-.

Los últimos datos de 2011 publicados por la Dirección General de la Función Pública revelan que de los 2.683.370 empleados públicos que hay en España, son funcionarios del Estado un total de 456.933, 124.645 son personal laboral y 11.285 forman parte de "otro personal" como interinos, cargos de confianza o eventuales. Estos son los datos del Estado ¿Es una cantidad desproporcionada o inasumible? ¿Qué hay en otras administraciones?

Pues bien, en las comunidades autónomas hay 900.298 funcionarios, 149.287 son laborales y en "otro personal" nos encontramos la nada desdeñable cifra de 292.700 trabajadores eventuales o interinos. En cuanto a las administraciones locales, sólo hay 217.785 funcionarios, en clara minoría; una cifra más que sorprendente de 386.152 laborales y 43.551 consta en el apartado de "otro personal". No podemos olvidarnos de las universidades, que cuentan con 63.158 funcionarios (de los cuales 33.747 laborales; y 3.878 en "otro personal").

Estos son los datos. Desde luego, unas cifras llaman más la atención que otras, y tenemos que tener en cuenta que una Administración de funcionarios que han accedido a su puesto de trabajo bajo el principio de concurrencia, publicidad, mérito y capacidad siempre generará mayor confianza ciudadana y garantizará el principio de imparcialidad y de objetividad. Su inamovilidad –mal utilizada cuando se dice que al funcionario no cabe despedirle cuando lo que cabe es expulsarle de la función pública por medio de un régimen disciplinario que quizá sea más estricto y severo que cualquier norma laboral-, evitará que su trabajo dependa del signo político del Gobierno y la consiguiente politización de los servicios públicos.

Un dato más sobre la Administración General del Estado: de los 456.933 funcionarios ¿saben cuántos perteneces a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a las Fuerzas Armadas o a los Servicios Sanitarios y educativos o a la Administración de Justicia? Más de la mitad, y es a este número de funcionarios privilegiados, con sueldos excesivos, con horarios ridículos, etcétera, a los que se les dice además, que han recibido una «desorbitada subida salarial», cuando lo cierto es que han perdido la mitad de su poder adquisitivo desde 1982.

Los funcionarios seguiremos trabajando –lo hacemos, y mucho, en la inmensa mayoría de los casos- y como la inmensa mayoría de los trabajadores y empresarios del sector privado en España, seguiremos quejándonos de una pérdida cercana al 50% de nuestro poder adquisitivo –con prudencia y con sentido de la realidad económica que vive el país-.

Seguiremos dejando satisfechos a la mayoría de los ciudadanos –en estos tiempos y en cualquier otro, lo mínimo que deben recibir los ciudadanos, los trabajadores y las empresas es la mejor calidad del servicio público-, y sobre todo, jamás pensaremos que perjudicar un sector de actividad profesional o económica sea la solución para mejorar en otro sector, más aún cuando los datos objetivos nos marcan las vías por donde actuar y en la que no estamos los funcionarios del Estado.

ATSUME QUIERE RECORDAR A LA OPINIÓN PÚBLICA:

1º) que desde hace más de 20 años la totalidad de personal laboral fijo en la  ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO ha formado parte del empleo público a través de pruebas SELECTIVAS de concurrencia pública y libre;

2º) que el mayor incremento de personal laboral integrado en empresas públicas u otras figuras jurídicas (sin participación en pruebas selectivas) ha ocurrido en las CCAA (el 40% de su personal);

3º) recordarle al Sr. PIPAÓN que el personal laboral TITULADO UNIVERSITARIO (Grupos 1 y 2) afectado por el Convenio Único de la AGE, desempeña tareas de idéntico contenido y responsabilidad a las del personal funcionario, percibiendo un salario inferior en un 30% y sin la opción de desarrollar una carrera  profesional en su puesto de trabajo, posibilidad de la que sí gozan el resto de empleados públicos de toda la administración pública española (CCAA, Ayuntamientos, etc.), y esto es debido a la nefasta e inoperante política de recursos humanos que se ha llevado a cabo en la AGE EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS, contando con la pasividad de las principales Organizaciones Sindicales. 

LAS DESIGUALDADES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

Miércoles 18 de Enero de 2012 12:05

LA GENERALITAT VALENCIANA, EN EL CONSEJO DEL DIA 4 DE ENERO, HA APROBADO UNAS MEDIDAS EN EL SECTOR PÚBLICO QUE SUPONDRÁN UN AHORRO DE 271 MILLONES DE EUROS ANUALES, CON LA REDUCCIÓN DE GASTOS DE PERSONAL EN EL CAPÍTULO I, VOLVIENDO A PONER EN EVIDENCIA LAS DESIGUALDADES EN DERECHOS Y SALARIOS ENTRE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LAS DIFERENTES ADMINISTRACIONES.

El Conseller de Hacienda y Administración Pública de esa Comunidad ha anunciado un conjunto de diez medidas para ahorrar 271 millones de euros anuales, durante 2012 y 2013, en los gastos de personal del Capítulo I de la Generalitat; si bien muchas de ellas  indican unos “posibles excesos” presupuestarios en el capitulo de salarios o beneficios que en el personal de la AGE, y mucho menos en nuestro Colectivo de Personal Laboral, no ha tenido su traslación. En pocas palabras expresamos que los empleados públicos de esa Comunidad y de la mayoría, han tenido unos beneficios adicionales y salariales (entre el 15-20% superiores) envidiados por el resto de empleados públicos de la Administración General del Estado, pues no tenemos sexenios, ni otros complementos autonómicos, ni carrera administrativa,… que han generado unas diferencias salariales superiores de hasta un 25%.

El Consejero de la Generalitat ha anunciado las medidas en la Mesa General de Negociación, a la que asistieron representantes de los sindicatos. También recalcó que son medidas temporales y coyunturales para un plazo de 2 años y las ha calificado de "duras pero absolutamente necesarias en estos momentos para salir cuanto antes de la crisis económica, ante la falta de liquidez generada por la crisis de deuda europea".

Las medidas  adoptadas son:

1. Reducción de la jornada de trabajo del personal funcionario interino y laboral temporal. Esta medida afecta al personal de la Administración del Consell y sus organismos autónomos, así como al personal de Les Corts Valencianes y otras altas instituciones de la Generalitat.

Respecto al personal de la Administración del Consell y sus Organismos Autónomos, exceptuando su aplicación al personal en determinados puestos de atención directa por el tipo de servicio que realizan al usuario y que implicaría la necesidad de sustituirlo. La jornada se fija en 25 horas semanales. Esta medida supone un ahorro estimado de 16,1 millones de euros anuales.

En cuanto a Sanidad, por la complejidad del servicio de este sector se opta por establecer un porcentaje sobre el total de personal temporal al servicio de las instituciones sanitarias y dejar su distribución por categorías y centros a regular por la Consellería. De esta forma, la reducción de jornada se establece en un 25% o en un 50%, para mejor distribución de turnos, y no será inferior al 5% de la plantilla del citado personal. Esta medida supone un ahorro estimado de 13,6 millones de euros anuales.

2. Nombramientos de personal docente interino, profesorado especialista y profesorado de religión católica que no tenga carácter indefinido. La vigencia de los citados nombramientos y contratos se extenderán desde la fecha de inicio del servicio hasta el 30 de junio de cada año.

3. No se va a completar el pago en situación de IT. Se aplica a todo el personal, incluido sector público, a excepción del acogido a Muface y Mugeju. En el caso de Muface se satisface por la Administración el sueldo integro durante los tres primeros meses, a partir de ese momento solo se abonan las retribuciones básicas. En el supuesto de Mugeju es igual pero a partir del cuarto mes.

4. Suspensión del Plan de Pensiones de los empleados públicos.

5. Paralización y reducción de sexenios. La paralización se realiza tanto por incorporación al sistema como por progresión en el mismo. Se establece una reducción en el importe de los sexenios del 50%.

6. Modificación reducción jornada personal docente. Se modifica la tramitación y plazo de la concesión de reducción de jornada para el personal docente, tanto funcionario de carrera como interino. Hasta ahora se realizaba por trimestres, el Decreto Ley prevé que sea por curso escolar.

7. Reducción de carrera profesional y desarrollo profesional. El porcentaje de reducción de estos complementos se establece en el 50%.

8. Eliminación de Ayudas Sociales.

9. Reducción de días “moscosos”  por supresión de los correspondientes a compensación de festivos y eliminación de los días adicionales de vacaciones por antigüedad.

10.- No prórroga de jubilaciones.

POR ESTAS MEDIDAS A TOMAR CON LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA NO NOS QUEDA OTRA OPCIÓN QUE SOLICITAR, POR ENÉSIMA VEZ, AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, UNA LEY, A NIVEL ESTATAL, DE SALARIOS Y DERECHOS DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS QUE ARMONIZE EL AUTÉNTICO DISLATE, EN ESTE ASPECTO, QUE PADECEDE TODO EL SECTOR PÚBLICO DEL ESTADO ESPAÑOL.

¿POR EJEMPLO, POR QUÉ UN FUNCIONARIO DE LA AGE QUE VIVA EN CATALUÑA TIENE QUE PAGAR UNOS IMPUESTOS ADICIONALES PARA FINANCIAR LAS PRESTACIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS AUTONÓMICOS, LOS CUALES TIENEN UNAS RETRIBUCIONES MAS ALTAS QUE LAS SUYAS EN PUESTOS DE IDÉNTICAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES?

 

LA DISCRIMINACIÓN DEL PERSONAL TITULADO LABORAL

Martes 10 de Enero de 2012 14:02

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GRAVE Y BOCHORNOSA DISCRIMINACIÓN SUFRIDA POR NUESTRO COLECTIVO DE TITULADOS SUPERIORES Y MEDIOS INFORMÁTICOS EN LA GERENCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (GISS), UNIDADES PROVINCIALES DE INFORMÁTICA.

En el año 2009 se crearon, dependiendo de la GERENCIA INFORMÁTICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (GISS) y bajo el muy discutible criterio del anterior Gerente, Eladio Quintanilla, las UNIDADES PROVINCIALES DE INFORMÁTICA que consistieron en un aumento de plantilla y un incremento de los niveles a los funcionarios de las oficinas informáticas provinciales (Coordinación de Informática) que habían estado funcionando desde siempre con el personal que se disponía, tanto funcionario como laboral.

Este personal funcionario se cataloga en una RPT y se crean las UPI,s con una estructura que “ni en los mejores sueños, es como si les hubiera tocado la lotería”. Al personal funcionario con nivel 14 (auxiliares de informática)  se les sube al 16, los del nivel 16 (operadores) se les sube a nivel 18 (se les asciende a analistas-programadores), a los de nivel 18 (titulados medios) se les sube, dependiendo del nivel, entre el 20 y el 28 (Jefes de UPI, de sección, Analistas funcionales, .... ) y para más “INRI” se crean nuevas plazas (“un lujo, poco trabajo y bien renumerado”). La subida ha sido para ese personal funcionario entre 4000 y 18000 euros al año, a lo cual nuestra  ASOCIACIÓN no tiene nada que objetar.

Si bien lo que es escandaloso, bochornoso y que demuestra la sinrazón de la existencia de una ADMINISTRACIÓN PARALELA DENTRO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, es la discriminación que se ha hecho con el personal laboral de esos centros, que no han tenido la más mínima posibilidad de carrera profesional, con subida de niveles que supusieran incrementos retributivos, con el agravante de que realizan labores de igual capacitación y responsabilidad que los funcionarios citados.

Para el personal laboral de esos centros, esta reestructuración no le ha supuesto ninguna compensación ni mejora, todo lo contrario. No se les incluyó en la estructura funcional (UNA RPT INTEGRADA Y ÚNICA CON UNA JERARQUÍA NECESARIA).

La mayoría de los TITULADOS MEDIOS de Informática (Grupo 2 del Convenio Único) tienen una antigüedad superior a 20 años, y han dirigido y coordinado, desde su inicio, la informática provincial, formando e instruyendo a los funcionarios que fueron llegando posteriormente. Y ahora les han degradado y les integran en la RPT, sin tener en cuenta las funciones y responsabilidades para las que se les creó hace 20 años.

Se les ha incluido en las UPI,s de forma discrecional, sin ninguna compensación pero con la obligación de atender ahora al doble o triple de personal.Eso sí, ha sido de manera voluntaria pero lógicamente no hay más salida que la de integrarse.

Nuestros compañeros han contactado con los sindicatos  representativos para hablar de este tema, resaltando el apartado del convenio donde se califica su tipo de responsabilidad:"... dirigen y coordinan grupos de trabajo ...",  y su respuesta fue de lo más descorazonadora: “como no os dirijáis a vosotros mismos”.

Con respecto a la “jerarquía” y organización, a la mayoría se les ha puesto dependientes de alguna jefatura de sección que, en muchos casos, no es ni titulado medio.

Esta el nuestra AGE: un administrativo (Grupo C1 de personal funcionario) que ocupe una jefatura de sección es el superior, funcionalmente hablando, de un Titulado Superior o Medio laboral.

ESTA SITUACIÓN DE GRAVE Y DOBLE DISCRIMINACIÓN (SALARIAL Y DE CARRERA PROFESIONAL) NO ES UN EJEMPLO AISLADO EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, PUES PODRÍAMOS REPETIR PALABRA POR PALABRA Y EN IGUALES CIRCUNSTANCIAS LO QUE ESTA SUCEDIENDO EN EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA (DELEGACIONES PROVINCIALES) CON EL PERSONAL INFORMÁTICO DE NUESTRO COLECTIVO.

¿CÓMO PUEDE FUNCIONAR ESTE PAÍS SIN UNA MÍNIMA Y NECESARIA ORGANIZACIÓN DE SU PERSONAL?

Una de las medidas más racionales que deben tomarse en las AAPP

Lunes 09 de Enero de 2012 12:20

LOS AYUNTAMIENTOS ANDALUCES, CON BUEN CRITERIO, ESTUDIAN TOPES SALARIALES PARA FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PÚBLICOS.

Los ayuntamientos andaluces proponen limitar sueldos y establecer "máximos" en las nóminas de los cuerpos de funcionarios estatales, altos cargos y laborales para la administración local. Los asistentes a la VIII Asamblea de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) han propuesto establecer un "tope máximo de retribuciones" para el personal funcionario con habilitación de carácter estatal, el personal de alta dirección y para cada grupo de clasificación del personal funcionario y laboral asimilado, en línea con las recomendaciones ya aprobadas para la "moderación" de salarios de cargos electos locales.

El documento presentado en la asamblea, que se celebró en San Juan de Aznalfarache (Sevilla) sostiene que para el "imprescindible mantenimiento del empleo público local" es preciso "buscar el consenso" para hacer extensivas las recomendaciones respecto a moderación de salarios de cargos electos locales a los salarios de los empleados públicos locales "previo diálogo con los sindicatos", ha informado la Agencia Europa Press. El objetivo final seria mantener el empleo público.

Estas medidas, en concreto, proponen "establecer unos criterios mínimos para alcanzar una armonización y homogeneidad salarial, utilizando la doble vía de fijar por un lado un tope máximo de retribuciones por jornada completa y por todos los conceptos (salvo antigüedad) para el personal funcionario con habilitación de carácter estatal, el personal de alta dirección y para cada grupo de clasificación del personal funcionario y laboral asimilado, y por otro, la congelación de retribuciones para los casos en que se superen estos topes en tanto queden equilibrados".

Con carácter general, la Asamblea de la FAMP también someterá a votación una propuesta de solicitud al Estado para que "emprenda cuanto antes una urgente reforma del sistema de financiación local" que defina un "régimen similar" al de las comunidades autónomas.

Para ello, reclama que el nuevo modelo de financiación local "tenga en cuenta la revisión del marco fiscal local para dotar de mayor autonomía municipal a las corporaciones locales, la financiación adecuada de los gastos de suplencia, la adecuación del marco presupuestario de las entidades locales a la vigente Ley General Presupuestaria y al Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria".

En la misma línea, demanda que "las entidades locales conozcan el déficit en el que podrán incurrir y puedan financiarlo mediante endeudamiento en el curso del propio ejercicio", así como "la revisión de las restricciones al recurso al endeudamiento estableciendo una regulación equiparable a las comunidades autónomas, y que no contemple ninguna limitación a las operaciones de refinanciación de los vencimientos anuales".

DESDE ATSUME VENIMOS, DESDE HACE VARIOS, AÑOS EXPRESANDO QUE Estas medidas o similares deberían estar ya aprobadas por una Ley Estatal de Techo de Gasto de las AAPP o mediante la aprobación de una Ley Estatal de Salarios de las AAPP, que sirva para: a) controlar la cuantía de los salarios por puestos de igual nivel sea cual sea la AAPP afectada (dotación presupuestaria de un puesto Grupo 1 o A1, C1,…); b) homogenización de salarios entre AAPP y dentro de cada A.P para puesto de igual trabajo o funciones, marcando un tope máximo de desviación (VG. un 10%, pero no el 25-30% como sucede actualmente en muchos casos; y C) realizar las correcciones mediante reducción del numero de complementos (existen más de 40 distintos).

ESPEREMOS QUE LAS MEDIDAS DE RACIONALIDAD EN LOS NUEVOS RESPONSABLES DE LA AGE COMIENCEN A APLICARSE Y SIRVAN PARA QUE, INDIRECTAMENTE, RESUELVAN LA PROBLEMÁTICA SALARIAL DE NUESTRO COLECTIVO DE PERSONAL LABORAL TITULADO, AFECTADO POR EL CONVENIO ÚNICO.

 

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